Ley 27.442

Artículo 82Derogacion de competencias

Texto oficial

Queda derogada toda atribución de relacionada con el objeto de esta ley otorgada a otros organismos o entes estatales, con la salvedad de lo previsto en el artículo 80 de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Deroga toda atribucion de vinculada al objeto de esta ley en otros organismos.

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