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Ley 27.463

VigenteNacional

Antofagasta de la Sierra (Catamarca), Capital Nacional del Vulcanismo

Sanción:10 de octubre de 2018BO:15 de noviembre de 2018Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Antofagasta de la Sierra, en la puna catamarqueña, es una de las regiones volcánicas más notables del país: conos, campos de lava, salares y el campo de piedra pómez componen un paisaje de origen volcánico que atrae al turismo y a la investigación geológica. La Ley 27.463 le otorga al departamento el título de Capital Nacional del Vulcanismo. Es una declaración honorífica de dos artículos: reconoce y promociona ese patrimonio natural, pero no crea un área protegida, no impone restricciones de uso del suelo ni asigna fondos para su conservación o estudio.

Objetivo

Distinguir al departamento de Antofagasta de la Sierra como capital nacional del vulcanismo.

Problema que resuelve

El principal conjunto de paisajes volcánicos accesibles del país no tenía un reconocimiento nacional que ayudara a identificarlo y promocionarlo como destino y como objeto de estudio.

A quiénes alcanza

Departamento de Antofagasta de la SierraSector turístico de CatamarcaComunidad científica y geólogos
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Un operador turístico o el municipio que promociona los circuitos volcánicos de la puna catamarqueña apoyándose en el título nacional.
  • Una institución científica que difunde el valor geológico de la zona usando el reconocimiento legal.

Preguntas frecuentes

Declara al departamento de Antofagasta de la Sierra, provincia de Catamarca, Capital Nacional del Vulcanismo (art. 1°). Es un título honorífico otorgado por el Congreso.