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Ley 27.481

VigenteNacional

Creación del Parque Nacional Iberá y de la Reserva Nacional Iberá

Sanción:5 de diciembre de 2018BO:21 de diciembre de 2018Ver fuente oficial
7artículos
Parque Nacional IberáReserva NacionalEsteros del Iberááreas protegidascesión de jurisdicciónCorrientes
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La provincia de Corrientes cedió al Estado nacional el eminente y la sobre tierras de los Esteros del Iberá mediante su ley provincial 6.384. Esta ley acepta esa cesión y, bajo el Régimen Legal de los , Monumentos Naturales y Reservas Nacionales (Ley de Parques Nacionales), crea el Parque Nacional Iberá (superficie aproximada de 157.000 hectáreas, con la protección más estricta) y la Reserva Nacional Iberá (unas 23.000 hectáreas, con usos más flexibles). La aceptación queda sujeta a una condición resolutoria (art. 4°): si no se cumple el destino comprometido, las tierras pueden revertir a Corrientes. Los gastos quedan a cargo del Estado nacional, imputados al presupuesto de la Administración de , y la infraestructura turística del parque debe ubicarse en el ejido municipal más cercano. Así incorpora al sistema federal de áreas protegidas uno de los mayores humedales de agua dulce de Sudamérica.

Objetivo

Crear el Parque Nacional Iberá y la Reserva Nacional Iberá sobre las tierras cedidas por Corrientes, sumándolas al sistema nacional de áreas protegidas.

Problema que resuelve

Para dar protección federal permanente a los Esteros del Iberá hacía falta que el Estado nacional aceptara la cesión provincial y creara las áreas protegidas bajo el régimen nacional de parques.

A quiénes alcanza

Administración de Parques Nacionalesprovincia de Corrientesvisitantes y turismopoblaciones y municipios linderosEstado nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado nacional asume las erogaciones que demande el cumplimiento de la ley, imputadas al presupuesto de la Administración de (art. 6°).
  • La Administración de debe ubicar los centros de interpretación, atención al visitante y hoteles del Parque Nacional en el ejido municipal más cercano (art. 5°).
  • La cesión queda sujeta a una condición resolutoria: si no se cumple el destino comprometido, las tierras pueden revertir a la provincia de Corrientes (art. 4°).

Derechos que reconoce

  • El conjunto de la ciudadanía accede a un nuevo parque nacional y una reserva nacional, con protección ambiental y acceso público en los términos de la Ley de Parques Nacionales.
  • La provincia de Corrientes conserva la reversión de las tierras si no se cumple la condición resolutoria pactada.

Casos de uso

  • Verificar el régimen legal (parque o reserva) que protege cada sector de los Esteros del Iberá.
  • Fundamentar la federal de la Administración de sobre las tierras del Iberá.
  • Conocer la superficie de las áreas protegidas creadas.

Preguntas frecuentes

Crea el Parque Nacional Iberá (superficie aproximada de 157.000 hectáreas) y la Reserva Nacional Iberá (unas 23.000 hectáreas), sobre tierras cedidas por la provincia de Corrientes, bajo el régimen de la Ley de Parques Nacionales (arts. 2° y 3°).