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Ley 27.485

VigenteNacional

Autorización a ciudadanos argentinos para ejercer como cónsules y vicecónsules honorarios de gobiernos extranjeros

Sanción:6 de diciembre de 2018BO:2 de enero de 2019Ver fuente oficial
2artículos
cónsules honorariosrepresentación consularrelaciones exteriores
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Cuando un ciudadano argentino va a ejercer como cónsul o vicecónsul honorario de un gobierno extranjero, la Ley 23.732 exige la autorización del Congreso. Con esta ley el Congreso concede esa autorización a las personas incluidas en la nómina anexa, propuestas por gobiernos extranjeros, sobre la base de las constancias enviadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Es un acto de autorización individualizado: habilita a personas determinadas a ejercer una representación consular honoraria de otro Estado en la Argentina.

Objetivo

Autorizar a los ciudadanos argentinos de la nómina anexa a desempeñar cargos de cónsul y vicecónsul honorarios de gobiernos extranjeros.

Problema que resuelve

Sin la autorización del Congreso, un ciudadano argentino no puede ejercer un cargo consular honorario propuesto por un gobierno extranjero, según lo que exige la Ley 23.732.

A quiénes alcanza

ciudadanos argentinos designados cónsules o vicecónsules honorariosMinisterio de Relaciones Exteriores y Culto
Análisis jurídico

Derechos que reconoce

  • Los ciudadanos argentinos incluidos en la nómina anexa quedan autorizados a desempeñar los cargos de cónsul o vicecónsul honorarios propuestos por gobiernos extranjeros.

Casos de uso

  • Un ciudadano argentino designado por un gobierno extranjero como cónsul honorario que necesita la autorización legal para asumir el cargo.

Preguntas frecuentes

Autoriza a los ciudadanos argentinos incluidos en la nómina anexa a desempeñar los cargos de cónsul y vicecónsul honorarios propuestos por gobiernos extranjeros, conforme a la Ley 23.732.