Resumen ejecutivo
La plaza de Puerto Panambí, en Misiones, llevaba el nombre de Guillermo Brown y funcionaba de hecho como el espacio público del pueblo, pero el terreno seguía siendo del Estado nacional: el municipio no podía invertir en él ni construir sobre él con seguridad jurídica. La ley transfiere el a título gratuito a la provincia de Misiones (art. 1°, manzana 14, sección 01, departamento 13, municipio 57) con un cargo doble: destinar el inmueble al funcionamiento de una plaza pública y a un edificio municipal nuevo (art. 2°). El cumplimiento no queda librado a la buena voluntad: la provincia tiene diez años para concretarlo y, si no lo hace, la retrocesión de opera de pleno derecho y el predio vuelve a la Nación (art. 4°). El Poder Ejecutivo debía instrumentar la transferencia dentro de los sesenta días de vigencia de la ley (art. 3°), y todos los gastos son de la beneficiaria (art. 5°).Objetivo
Transferir a Misiones el predio de la Plaza Guillermo Brown de Puerto Panambí para que funcione como plaza pública y albergue un nuevo edificio municipal.Problema que resuelve
El terreno de la plaza de Puerto Panambí pertenecía al Estado nacional. Sin la transferencia, el municipio no tenía título para intervenirlo, mantenerlo ni construir allí su sede administrativa.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes