Resumen ejecutivo
Cuando una persona o empresa obtiene renta en un país y reside en otro, ambos Estados pueden pretender cobrarle impuesto sobre la misma ganancia. Para resolverlo, la Argentina y los Emiratos Árabes Unidos celebraron en Dubai, el 3 de noviembre de 2016, un convenio de treinta y dos artículos, con un Protocolo complementario, que distribuye entre los dos países la potestad tributaria sobre cada tipo de renta y sobre el patrimonio, y que a la vez incorpora herramientas de cooperación para prevenir la evasión fiscal. Esta ley lo aprueba, requisito sin el cual el convenio no puede regir. Sus copias autenticadas en inglés y español forman parte de la ley.Objetivo
Aprobar el convenio con los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, y su Protocolo.Problema que resuelve
Sin convenio, una misma renta o un mismo patrimonio podía ser gravado a la vez por la Argentina y por los Emiratos Árabes Unidos, encareciendo las operaciones entre ambos países y dejando espacio para maniobras de evasión sin intercambio de información.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes