Establécese la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
Qué significa en la práctica
Toda persona que trabaje en el Estado nacional —desde el más alto cargo hasta el más básico— está obligada a capacitarse en género y violencia contra las mujeres. No importa en qué poder trabaje (Ejecutivo, Legislativo o Judicial) ni en qué nivel jerárquico.
Ejemplo práctico
Un juez federal, un administrativo del ANSES y un legislador nacional tienen exactamente la misma obligación de capacitarse
Efectos prácticos
•La capacitación es obligatoria para absolutamente todos los funcionarios y empleados públicos nacionales
•Abarca los tres poderes del Estado: Ejecutivo (ministerios, organismos), Legislativo (Congreso) y Judicial (tribunales)
•No admite excepciones por cargo, antigüedad ni tipo de contratación