Ley 27.499

Artículo 10Adhesión de provincias

Texto oficial

Invítase a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las provincias a adherir a la presente ley.

Qué significa en la práctica

La ley es de aplicación directa para el Estado nacional. Las provincias y CABA no están obligadas automáticamente (tienen autonomía legislativa), pero se las invita a adoptar las mismas exigencias para sus propios empleados públicos provinciales y municipales.

Ejemplo práctico

La Provincia de Buenos Aires tiene su propia Ley Micaela provincial (Ley 15.134/2019) que obliga a todos los empleados públicos bonaerenses

Efectos prácticos

  • Varias provincias y CABA adhirieron y dictaron sus propias leyes Micaela
  • Los empleados públicos provinciales solo quedan obligados si la provincia adhirió o sancionó su propia ley
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Art. 10 — Adhesión de provincias | Ley Micaela