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Ley 27.511

VigenteNacional

Derogación del derecho de faros y balizas (Ley 11.247)

Sanción:17 de julio de 2019BO:21 de agosto de 2019Ver fuente oficial
2artículos
derecho de faros y balizasseñalización marítimaderogación de tributosnavegación
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El derecho de faros y balizas, creado por la Ley 11.247, era un cargo histórico que gravaba a los buques para solventar el sostenimiento del sistema de señalización marítima (faros y balizas). Con el tiempo quedó en desuso. Esta ley, de un solo artículo de fondo, deroga la Ley 11.247 y elimina ese cargo del ordenamiento, depurando así una norma tributaria obsoleta que gravaba a la navegación.

Objetivo

Eliminar del ordenamiento el derecho de faros y balizas derogando la Ley 11.247 que lo regulaba.

Problema que resuelve

La Ley 11.247 mantenía vigente un cargo sobre los buques por el servicio de faros y balizas que había quedado obsoleto y sin aplicación práctica.

A quiénes alcanza

armadores y operadores de buquesnavegación marítima y fluvial
Análisis jurídico

Derechos que reconoce

  • Los buques y operadores de la navegación dejan de estar obligados a pagar el derecho de faros y balizas, que queda eliminado del ordenamiento.

Casos de uso

  • Un armador o agente marítimo que antes debía tributar el derecho de faros y balizas y consulta si sigue vigente.

Preguntas frecuentes

Deroga la Ley 11.247, que regulaba el derecho de faros y balizas, y con ello elimina ese cargo del ordenamiento jurídico.