Resumen ejecutivo
Hasta 2019 la Argentina no tenía un procedimiento propio para reconocer a las personas apátridas —aquellas que ningún Estado considera nacional suyo conforme a su legislación— pese a haber ratificado la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961. La Ley de Personas Apátridas llena ese vacío: define quién es apátrida, atribuye a la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) la para determinar esa condición mediante un procedimiento con garantías de , y reconoce derechos concretos: no ser sancionado por el ingreso irregular, no ser expulsado salvo por seguridad nacional u orden público, obtener documento de identidad y de viaje, una residencia temporaria de dos años que deriva en permanente, un DNI (el primero gratuito) y facilidades para naturalizarse. Todos los trámites son gratuitos.Objetivo
Asegurar a las personas apátridas y a quienes solicitan ese reconocimiento el disfrute más amplio posible de sus derechos humanos, y regular la determinación de su condición, su protección, asistencia y el acceso facilitado a la nacionalidad.Problema que resuelve
Una persona apátrida no tiene ningún Estado que la reconozca como nacional, por lo que carece de documentos, no puede probar su identidad, trabajar legalmente, viajar ni acceder a servicios básicos, y queda expuesta a la detención o la expulsión. Antes de esta ley la Argentina no contaba con un procedimiento para identificar y proteger a estas personas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes