Resumen ejecutivo
La ley crea el Consejo Nacional de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, en el ámbito de la Presidencia de la Nación. Es un órgano plural e interinstitucional, integrado por el Presidente, el Canciller, legisladores de los principales bloques, el gobernador de Tierra del Fuego, especialistas en Derecho Internacional, académicos y un representante de los ex combatientes. Su función es construir consensos políticos y sociales para sostener como política de Estado el reclamo de soberanía, colaborar en el sustento de la posición argentina, promover investigación y difusión, y reforzar el reconocimiento a los ex combatientes. Sus recomendaciones son no vinculantes y se adoptan por consenso, y sus integrantes actúan ad honórem.Objetivo
Institucionalizar una política de Estado sobre la soberanía argentina en Malvinas y el Atlántico Sur, con participación plural y permanente.Problema que resuelve
La causa Malvinas requería un ámbito estable y transversal a los poderes del Estado y a las fuerzas políticas para sostener el reclamo de soberanía como política de Estado más allá de los cambios de gobierno.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes