Resumen ejecutivo
Los cuerpos de bomberos voluntarios son asociaciones civiles sin fines de lucro que prestan un esencial y suelen funcionar en terrenos prestados o precarios. La Asociación de Bomberos Voluntarios de Eldorado (personería jurídica A-220, decreto 3741/72) ocupaba dos solares que seguían siendo del Estado nacional. La ley se los transfiere en propiedad y a título gratuito (art. 1°): el solar 18, fracción k-4, parte 2, de 1.634,92 m2, y el solar 16, fracción k-4, parte e, de 877,49 m2, inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble de Misiones bajo departamento 6, municipio 30, sección 8, chacra 000, manzana 11, parcelas 3 y 4. El Poder Ejecutivo tenía sesenta días para concluir la transferencia (art. 2°). La ley protege el destino con una cláusula de reversión: si cesa la personería jurídica de la asociación, el vuelve al Estado nacional (art. 3°), de modo que los terrenos no puedan terminar en manos particulares. Los gastos son a cargo exclusivo de la beneficiaria (art. 4°).Objetivo
Dar título de propiedad a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Eldorado sobre los dos solares nacionales donde funciona, asegurando que vuelvan a la Nación si la asociación se disuelve.Problema que resuelve
El cuartel de bomberos voluntarios de Eldorado funcionaba sobre terrenos del Estado nacional sin título propio. Sin la escritura, la asociación no tenía seguridad jurídica sobre su sede ni podía acceder a créditos o subsidios que exigen acreditar la titularidad del inmueble.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes