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Ley 27.598

VigenteNacional

Transferencia a los municipios de Laguna Paiva y Santo Tomé (Santa Fe) del predio del ex Ferrocarril Belgrano y de un inmueble del CONICET

Sanción:30 de noviembre de 2020BO:18 de diciembre de 2020Ver fuente oficial
6artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Laguna Paiva fue un pueblo de talleres ferroviarios: el predio del ex Ferrocarril Belgrano, con 2.527.826 m2 de terreno y 13.387 m2 edificados, quedó en manos del Estado nacional tras el desguace del ferrocarril, como una enorme cicatriz en el medio de la ciudad. En Santo Tomé, un inmueble del CONICET de Maciá 1933 (1.036,50 m2 de terreno y 228 m2 edificados) tenía el mismo problema a otra escala. La ley transfiere ambos gratuitamente a los municipios respectivos (arts. 1° y 2°, con nomenclatura catastral, partida inmobiliaria y datos de inscripción precisos) pero no como un cheque en blanco: el artículo 3° condiciona la transferencia a que los municipios desarrollen allí programas de infraestructura de servicios, parques o plazas públicas, unidades educacionales, culturales o sanitarias, actividades deportivas, planes de vivienda única, emprendimientos productivos municipales u oficinas de servicios municipales. El plazo es de diez años; vencido sin cumplimiento, la retrocesión de opera de pleno derecho y los inmuebles vuelven a la Nación. Los gastos son de los municipios (art. 4°) y el Poder Ejecutivo tenía 120 días para concluir las transferencias (art. 5°).

Objetivo

Transferir a Laguna Paiva el predio del ex Ferrocarril Belgrano y a Santo Tomé un inmueble del CONICET para que los municipios los destinen a obras y servicios públicos.

Problema que resuelve

Dos inmuebles nacionales sin uso —un enorme predio ferroviario en el centro de Laguna Paiva y una propiedad del CONICET en Santo Tomé— bloqueaban el desarrollo urbano de esas ciudades. Los municipios no podían intervenirlos porque no eran suyos: transferir tierras nacionales exige ley del Congreso.

A quiénes alcanza

Municipio de Laguna Paiva (beneficiario)Municipio de Santo Tomé (beneficiario)Vecinos de Laguna Paiva y Santo ToméEstado nacional (titular originario y eventual beneficiario de la retrocesión)CONICET
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los municipios de Laguna Paiva y Santo Tomé deben desarrollar en los inmuebles programas de infraestructura de servicios, habilitación de parques o plazas públicas, unidades educacionales, culturales o sanitarias, actividades deportivas, planes de vivienda única, emprendimientos productivos municipales u oficinas de prestación de servicios municipales (art. 3°).
  • Deben cumplir ese destino dentro de los diez (10) años; vencido el plazo sin observancia, procede la retrocesión de de pleno derecho (art. 3°).
  • Todas las erogaciones que demande la transferencia efectiva están a cargo de los municipios beneficiarios (art. 4°).
  • El Poder Ejecutivo debe arbitrar las medidas necesarias para concluir la transferencia de los dominios dentro de los ciento veinte (120) días de la entrada en vigencia de la ley (art. 5°).

Derechos que reconoce

  • El municipio de Laguna Paiva recibe a título gratuito el del predio del ex Ferrocarril Belgrano (2.527.826 m2 de terreno y 13.387 m2 edificados) (art. 1°).
  • El municipio de Santo Tomé recibe a título gratuito el del inmueble del CONICET de Maciá 1933 (1.036,50 m2 de terreno y 228 m2 edificados) (art. 2°).
  • El Estado nacional conserva el derecho a recuperar los inmuebles de pleno derecho si los destinos no se cumplen en diez años (art. 3°).

Casos de uso

  • El municipio de Laguna Paiva quiere urbanizar el predio de los antiguos talleres ferroviarios.
  • Santo Tomé necesita el título del inmueble del CONICET para instalar una unidad sanitaria o educativa.
  • Un vecino quiere saber qué usos puede darle el municipio al predio ferroviario.

Preguntas frecuentes

Dos. El artículo 1° transfiere al municipio de Laguna Paiva el inmueble del ex Ferrocarril Belgrano (nomenclatura 10 05 01 0236 0002, partida 10-05-00137325/0006), con 2.527.826 m2 de terreno y 13.387 m2 edificados. El artículo 2° transfiere al municipio de Santo Tomé el inmueble del CONICET de Maciá 1933 (nomenclatura 10 12 01 0067 00043), con 1.036,50 m2 de terreno y 228 m2 edificados. Ambos en el departamento La Capital, provincia de Santa Fe.