Resumen ejecutivo
El Estado nacional era titular de un terreno de 7.725 m2 en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos (manzana 2.760, parcela 10, partida provincial 143.170, partida municipal 23.820), con frente a las calles Rivadavia y Carriego. La ley dispone la transferencia de ese a la Municipalidad de Concordia, pero no en forma libre: la hace con cargo a que el municipio destine el inmueble al funcionamiento del Museo de Antropología y Ciencias Naturales de la ciudad, o a cualquier otro uso o servicio de utilidad pública. Si ese destino no se cumple, el revierte al Estado nacional. El Poder Ejecutivo tiene 120 días desde la entrada en vigencia para instrumentar la transferencia y los gastos quedan a cargo de la provincia de Entre Ríos.Objetivo
Pasar a la Municipalidad de Concordia la titularidad de un inmueble nacional de 7.725 m2 para que allí funcione el Museo de Antropología y Ciencias Naturales u otro servicio de utilidad pública.Problema que resuelve
El terreno figuraba a nombre del Estado nacional, que no le daba uso. Sin el título de , el municipio no podía afectarlo formalmente a un destino público ni invertir con seguridad jurídica en el predio.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes