Resumen ejecutivo
Ordena el régimen de los vehículos de emergencia. Mantiene la regla de que solo pueden apartarse de las normas de circulación, velocidad y estacionamiento cuando es imprescindible para su misión y sin causar un mal mayor, y siempre con las balizas encendidas (y la sirena si la urgencia es extraordinaria). La novedad es el límite de antigüedad: 15 años, salvo autobombas, móviles de bomberos y vehículos de las fuerzas armadas y de seguridad, que pueden superarlo si cuentan con la revisión técnica obligatoria vigente.Objetivo
Que los vehículos de emergencia estén en condiciones de circular con seguridad, sin dejar sin móviles a los cuerpos de bomberos.Problema que resuelve
No había un límite claro de antigüedad para los vehículos de emergencia, y las excepciones necesarias para bomberos y fuerzas de seguridad no estaban previstas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes