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Ley 27.603

VigenteNacional

Ley de Tránsito — Vehículos de emergencia: antigüedad y uso de sirenas

Sanción:30 de noviembre de 2020BO:18 de diciembre de 2020Ver fuente oficial
2artículos
tránsitovehículos de emergenciabomberos
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ordena el régimen de los vehículos de emergencia. Mantiene la regla de que solo pueden apartarse de las normas de circulación, velocidad y estacionamiento cuando es imprescindible para su misión y sin causar un mal mayor, y siempre con las balizas encendidas (y la sirena si la urgencia es extraordinaria). La novedad es el límite de antigüedad: 15 años, salvo autobombas, móviles de bomberos y vehículos de las fuerzas armadas y de seguridad, que pueden superarlo si cuentan con la revisión técnica obligatoria vigente.

Objetivo

Que los vehículos de emergencia estén en condiciones de circular con seguridad, sin dejar sin móviles a los cuerpos de bomberos.

Problema que resuelve

No había un límite claro de antigüedad para los vehículos de emergencia, y las excepciones necesarias para bomberos y fuerzas de seguridad no estaban previstas.

A quiénes alcanza

servicios de emergenciacuerpos de bomberosconductoresfuerzas de seguridad
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los vehículos de emergencia solo pueden apartarse de las normas de circulación cuando sea imprescindible para su misión y sin ocasionar un mal mayor.
  • Deben circular con las balizas distintivas en funcionamiento, y agregar la sirena solo si la urgencia es extraordinaria.
  • No pueden superar los 15 años de antigüedad, salvo las excepciones previstas.
  • Los demás conductores deben facilitar su avance y no pueden seguirlos.

Derechos que reconoce

  • Que los vehículos de emergencia circulen en condiciones técnicas seguras.
  • Que los cuerpos de bomberos conserven sus autobombas con la revisión técnica al día.

Casos de uso

  • Una ambulancia se aproxima con sirena y hay que cederle el paso.
  • Un cuerpo de bomberos tiene un móvil de más de 15 años.

Preguntas frecuentes

Pueden apartarse de las normas de circulación, velocidad y estacionamiento, pero solo excepcionalmente, en cumplimiento estricto de su misión, si es absolutamente imprescindible y siempre que no ocasionen un mal mayor que el que intentan resolver. Y deben hacerlo con las balizas encendidas.