Resumen ejecutivo
La ley crea un beneficio económico extraordinario por única vez a favor de los familiares del personal militar tripulante del submarino ARA San Juan, desaparecido en noviembre de 2017 durante tareas de vigilancia del mar en el límite de la zona económica exclusiva. El beneficio tiene carácter de extraordinaria: se distribuye por grupo familiar entre hijos, progenitores, cónyuge y conviviente supérstite según un orden de prelación, y su monto equivale a la del nivel A grado 0 del SINEP multiplicada por cien. El cobro implica renunciar a otros reclamos por daños por el mismo hecho, está exento de impuestos y las tramitaciones son gratuitas. El Ministerio de Defensa es la y paga las prestaciones. La ley fijó una vigencia de 365 días desde su publicación (12/3/2021) para solicitar el beneficio, bajo apercibimiento de caducidad, por lo que la ventana de solicitud ya está cerrada.Objetivo
Reparar económicamente a los familiares de la tripulación del submarino ARA San Juan mediante una extraordinaria del Estado.Problema que resuelve
Tras la desaparición del submarino ARA San Juan y su tripulación completa en 2017, los familiares no contaban con un régimen legal específico que fijara una reparación económica del Estado sin necesidad de litigar.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes