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Ley 27.617

VigenteNacional

Impuesto a las Ganancias — Piso salarial, aguinaldo exento y nuevas deducciones

Sanción:8 de abril de 2021BO:21 de abril de 2021Ver fuente oficial
15artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es la reforma que sacó del Impuesto a las Ganancias a buena parte de los trabajadores en . Introduce una deducción especial incremental que lleva a cero la ganancia sujeta a impuesto para quienes cobran hasta 150.000 pesos brutos mensuales (valores de 2021, ajustables), exime el para ese mismo tramo y el bono por productividad o fallo de caja hasta el 40% de la ganancia no imponible. Suma además deducciones que la ley no reconocía: el conviviente en unión convivencial (del mismo o distinto sexo), el reintegro de guardería para hijos de hasta 3 años y las herramientas educativas. Y eleva a 8 haberes mínimos la deducción específica de los jubilados.

Objetivo

Reducir la carga del Impuesto a las Ganancias sobre los salarios y las jubilaciones medias, y actualizar las deducciones a la composición real de las familias.

Problema que resuelve

El impuesto alcanzaba a salarios que no expresan contributiva alta, gravaba el y no reconocía ni al conviviente ni los gastos de cuidado de los hijos.

A quiénes alcanza

trabajadores en relación de dependenciajubilados y pensionadosempleadores y liquidadores de sueldoscontadores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El empleador debe aplicar la exención del y del bono por productividad a los trabajadores comprendidos en los topes.
  • Para computar la deducción especial como autónomo hay que tener los aportes al SIPA al día.
  • La AFIP y el Poder Ejecutivo deben dictar las normas complementarias e interpretativas.

Derechos que reconoce

  • Que el quede exento si la bruta no supera el tope.
  • Deducir al conviviente en una unión convivencial, del mismo o de distinto sexo.
  • Deducir el reintegro documentado de guardería o jardín materno-infantil para hijos de hasta 3 años.
  • Deducir las herramientas educativas de los hijos e hijas y los cursos de capacitación.
  • Los jubilados: una deducción específica de 8 haberes mínimos garantizados.

Casos de uso

  • Querés saber si tu paga Ganancias.
  • Cobraste un bono por productividad y te lo gravaron.
  • Convivís sin estar casado y querés deducir a tu pareja.
  • Pagás guardería y querés deducirla.

Preguntas frecuentes

La ley introdujo una deducción especial incremental que lleva la ganancia neta sujeta a impuesto a cero para quienes cobran hasta el tope de bruta mensual que fija el artículo 30 (150.000 pesos al sancionarse, en 2021, con ajuste anual). Entre ese tope y el segundo umbral, el Poder Ejecutivo gradúa la deducción para que el impuesto no se coma el aumento salarial.