Volver al listado

Ley 27.638

VigenteNacional

Exención de Ganancias y Bienes Personales para instrumentos de inversión en pesos

Sanción:15 de julio de 2021BO:4 de agosto de 2021Ver fuente oficial
4artículos
impuesto a las gananciasbienes personalesexencióninversión en pesosobligaciones negociables
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Estimula el ahorro en pesos con beneficios impositivos. Exime del Impuesto a las Ganancias los rendimientos de los instrumentos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, y del Impuesto sobre los Bienes Personales a las obligaciones negociables en pesos, esos instrumentos productivos y ciertas cuotapartes de fondos comunes de inversión y títulos de fideicomisos financieros, con aplicación desde el período fiscal 2021.

Objetivo

Incentivar el ahorro y la inversión en instrumentos en moneda nacional mediante exenciones en Ganancias y Bienes Personales.

Problema que resuelve

Buscaba desalentar la dolarización del ahorro dando ventajas impositivas a los instrumentos en pesos.

A quiénes alcanza

contribuyentesinversoresahorristas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La exención de las cuotapartes se pierde si la composición del activo en bienes en pesos cae por debajo del porcentaje reglamentado durante al menos treinta días.

Derechos que reconoce

  • Los contribuyentes acceden a la exención del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales sobre los instrumentos en moneda nacional alcanzados, desde el período fiscal 2021.

Casos de uso

  • Un ahorrista que compra obligaciones negociables en pesos no paga Bienes Personales por ellas.
  • Un inversor en un fondo común de inversión en pesos queda exento por esas cuotapartes si cumplen los requisitos.

Preguntas frecuentes

Los rendimientos de ciertos instrumentos en pesos del Impuesto a las Ganancias, y las obligaciones negociables en pesos, los instrumentos de inversión productiva y ciertas cuotapartes de fondos comunes de inversión del Impuesto sobre los Bienes Personales.