Resumen ejecutivo
Reconoce el desgaste de la tarea rural vitícola con un régimen previsional diferencial: jubilación ordinaria a los 57 años (sin distinción de sexo) con 25 años de servicios con aportes, contra los 60/65 años y 30 de servicios del régimen general. Alcanza a obreros y contratistas de viñas de la Ley 23.154, incluidos establecimientos con olivares y frutales cuando la viña es la actividad principal. Se financia con una contribución patronal igual a la del SIPA más 2 puntos porcentuales, y aplica supletoriamente la Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.Objetivo
Establecer una jubilación anticipada para quienes trabajan en la producción de viñas.Problema que resuelve
Los trabajadores vitícolas realizaban tareas físicas penosas pero se jubilaban bajo el régimen general, sin reconocimiento del desgaste diferencial de la actividad.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes