Resumen ejecutivo
Modifica el Estatuto del Trabajador Contratista de Viñas y Frutales (Estatuto del Contratista de Viñas y Frutales). El artículo 1 cambia el inciso 5° sub-inciso b) de su artículo 12: si el se rescinde sin causa justificada antes del vencimiento del año agrícola, el contratista percibe la por antigüedad y la parte proporcional del porcentaje aun sin completar el primer año, computadas según el tiempo transcurrido. El artículo 2 cambia su artículo 16: la mínima por hectárea y por año la fija la Comisión Paritaria del estatuto, se abona en doce mensualidades, se reajusta según la situación económica y no puede ser menor a la del período anterior; el contratista percibe además un porcentaje de la producción de entre 15% y 19%, deducidos los gastos de cosecha, acarreo y comercialización.Objetivo
Actualizar y precisar las reglas de y de mínima del contratista de viñas y frutales previstas en su estatuto.Problema que resuelve
El Estatuto del Trabajador Contratista de Viñas y Frutales (Estatuto del Contratista de Viñas y Frutales), de 1973, tenía reglas de y de mínima que requerían precisión y actualización.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes