Resumen ejecutivo
Transferir un bien del Estado nacional requiere una ley del Congreso: el Poder Ejecutivo no puede cederlo por decreto. Esta ley transfiere a título gratuito a la Municipalidad de Río Turbio, provincia de Santa Cruz, el de los inmuebles del Estado nacional que individualiza. La transferencia no es incondicionada: se hace CON CARGO, es decir, con la del municipio de destinar los inmuebles al fin que la ley establece, y con un plazo de diez años para cumplirlo. Si vencido ese plazo no se le dio el destino comprometido, la transferencia queda sin efecto y el bien vuelve al Estado nacional. Todos los gastos —escrituración, mensuras, tasas— corren por cuenta exclusiva del municipio beneficiario. El Poder Ejecutivo debe instrumentar la transferencia dentro de los 180 días.Objetivo
Transferir gratuitamente inmuebles del Estado nacional a la Municipalidad de Río Turbio para el destino que la ley establece.Problema que resuelve
Los inmuebles del Estado nacional ubicados en la localidad estaban subutilizados, mientras el municipio necesitaba suelo para el destino previsto en la ley.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes