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Ley 27.704

VigenteNacional

Transferencia de un inmueble del Estado nacional a la Municipalidad de Larroque

Sanción:24 de noviembre de 2022BO:20 de diciembre de 2022Ver fuente oficial
6artículos
Bienes del EstadoTransferencia de inmueblesMunicipios
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Transferir un bien del Estado nacional requiere una ley del Congreso. Esta ley transfiere a título gratuito a la Municipalidad de Larroque, provincia de Entre Ríos, el del inmueble del Estado nacional que individualiza. La transferencia se hace CON CARGO: el municipio queda obligado a destinar el inmueble al fin que la ley establece, con un plazo de diez años para cumplirlo. Vencido ese plazo sin cumplirse, la transferencia queda sin efecto y el bien vuelve al Estado nacional. Todos los gastos de la transferencia corren por cuenta del municipio beneficiario.

Objetivo

Transferir gratuitamente un inmueble del Estado nacional a la Municipalidad de Larroque para el destino que la ley establece.

Problema que resuelve

El inmueble del Estado nacional en la localidad estaba subutilizado, mientras el municipio necesitaba disponer de él para el destino previsto.

A quiénes alcanza

Municipalidad de LarroqueEstado nacional (titular del inmueble)Agencia de Administración de Bienes del EstadoVecinos de Larroque
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El municipio debe destinar el inmueble al fin que la ley establece (cargo).
  • El cargo debe cumplirse dentro de los diez (10) años; vencido el plazo, la transferencia queda sin efecto.
  • Los gastos de la transferencia corren por cuenta del municipio.

Derechos que reconoce

  • La Municipalidad de Larroque recibe el del inmueble a título gratuito.

Casos de uso

  • Verificar el destino que debe darse al inmueble transferido.
  • Entender qué pasa si no se cumple el cargo.

Preguntas frecuentes

Porque disponer de las tierras de propiedad nacional es una atribución del Congreso (artículo 75 inciso 5 de la Constitución Nacional): el Ejecutivo no puede cederlas por decreto.