Resumen ejecutivo
Crear una universidad nacional es del Congreso: se hace por ley, no por decreto. Esta ley crea la Universidad Nacional de Pilar, con sede en ese partido bonaerense, y remite a la Ley de Educación Superior de Educación Superior, que fija el régimen de las universidades nacionales: autonomía académica e institucional, autarquía económico-financiera y gobierno por órganos propios. Su oferta académica debe ser integral e innovadora y planificarse para NO superponerse con la de las instituciones ya existentes en la zona. El Poder Ejecutivo designa un rector organizador —la autoridad de transición que conduce la institución hasta que se constituyan sus órganos de gobierno— y queda autorizado a aceptar de la provincia y los municipios la cesión de los bienes necesarios para su funcionamiento. Como en toda creación de universidad, el artículo decisivo en la práctica es el de financiamiento: la institución empieza a funcionar de verdad cuando se asigna la partida presupuestaria.Objetivo
Crear la Universidad Nacional de Pilar, ampliando la oferta de educación superior pública y gratuita en el norte del conurbano bonaerense.Problema que resuelve
El partido de Pilar y su zona de influencia no contaban con una universidad nacional propia, lo que obligaba a los estudiantes a trasladarse para acceder a la educación superior pública.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes