Resumen ejecutivo
La Universidad Nacional de Ezeiza tiene un rasgo que la distingue de las demás creaciones de este paquete: no nace de cero. La ley dispone que la actual Universidad Provincial de Ezeiza pase a formar parte de la nueva universidad nacional, mediante un convenio de transferencia. Eso vuelve críticas dos garantías que la ley establece expresamente: que el personal docente y no docente transferido conserve sus derechos, y que TODOS los alumnos de la universidad provincial se incorporen a la nueva institución, sin perder su condición de estudiantes ni lo ya cursado. La universidad se rige por la Ley de Educación Superior de Educación Superior (autonomía académica, autarquía económico-financiera, gobierno por órganos propios). El Ministerio de Educación designa un rector organizador hasta la normalización y debe constituir una comisión especial que prepare la puesta en marcha. La creación queda sujeta, para su implementación, a la asignación del crédito presupuestario: ese es, en los hechos, el artículo que define cuándo la universidad empieza a funcionar.Objetivo
Crear la Universidad Nacional de Ezeiza incorporando a la actual Universidad Provincial de Ezeiza a la órbita nacional.Problema que resuelve
Ezeiza contaba con una universidad provincial, con las limitaciones de financiamiento y alcance propias de esa condición. La nacionalización le da el régimen, el financiamiento y el reconocimiento de una universidad nacional.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes