Resumen ejecutivo
La producción orgánica certificada es más cara y más trabajosa que la convencional: exige cumplir un protocolo, someterse a auditorías y pagar una certificación. La Ley de Producción Orgánica crea un régimen de promoción para compensar ese esfuerzo, dirigido a los productores y elaboradores de productos orgánicos DEBIDAMENTE CERTIFICADOS —el beneficio no es para quien dice producir orgánico, sino para quien lo acredita—. El incentivo central es económico: una reducción del cincuenta por ciento del tributo que la ley determina, instrumentada mediante un certificado promocional que emite el organismo fiscal. Para acceder hay que inscribirse en el Registro de Productores y Elaboradores de Productos Ecológicos, Biológicos u Orgánicos, que la Secretaría de Agricultura debe publicar en internet: la publicidad del registro es lo que permite al comprador y al verificar quién está realmente certificado. La ley crea además el Fondo de Promoción del Producto Orgánico, administrado por la Secretaría de Agricultura, que financia programas de capacitación y apoyo, con preferencia para los sujetos que la norma prioriza. Y cierra el círculo con un régimen sancionatorio —multas, , con plazos de de cinco años para hacer efectivas las sanciones—, porque lo que sostiene el valor de un sello orgánico es precisamente que mentir tenga consecuencias.Objetivo
Promover la producción y elaboración de productos orgánicos certificados en las economías regionales, mediante beneficios fiscales, financiamiento y un registro público.Problema que resuelve
La producción orgánica certificada tiene costos más altos —protocolo, auditorías, certificación— que el productor debe afrontar antes de ver el retorno. Sin incentivos, la conversión desde la producción convencional resulta inviable para los pequeños y medianos productores de las economías regionales.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes