Esta ley fue vetada: no está vigente
El Congreso la sancionó, pero el Poder Ejecutivo la vetó totalmente y la insistencia legislativa no prosperó. Nunca entró en vigencia. El texto que figura abajo es el que aprobó el Congreso y se publica solo con fines informativos: no crea derechos ni obligaciones.
Vetada por Decreto 534/2025 (4 de agosto de 2025) — Veto total. Fundamento: carecía de toda previsión presupuestaria y las moratorias afectan los incentivos a la formalidad laboral. NINGUNA cámara llegó a votar la insistencia: quedó fuera del temario de Diputados del 20/08/2025 por falta de apoyo. El veto quedó FIRME por abandono.
Resumen ejecutivo
El Congreso sancionó este proyecto el 10 de julio de 2025 con 5 artículos. Reinstauraba por dos años, prorrogables, el capítulo II de la Ley de Plan de Pago de Deuda Previsional (moratoria) y su Plan de Pago de Deuda Previsional: la moratoria que permite jubilarse a quien llegó a la edad jubilatoria sin los 30 años de aportes, comprando los períodos faltantes en cuotas. Ampliaba los períodos regularizables y, sobre todo, modificaba el Art. 13 — Reparación Histórica / Sinceramiento Fiscal para bajar de 65 a 60 años la edad de acceso de las mujeres a la PUAM (Pensión Universal para el Adulto Mayor), equiparándola a la edad jubilatoria femenina. También volvía compatible la PUAM con el trabajo registrado que no superara tres salarios mínimos. El Poder Ejecutivo lo vetó totalmente con el Veto jubilatorio, moratoria y discapacidad (BO 04/08/2025), argumentando que carecía de toda previsión presupuestaria y que las moratorias afectan los incentivos a la formalidad laboral. La particularidad de este caso: la insistencia NUNCA se votó. En la sesión del 20 de agosto de 2025 Diputados trató los vetos de discapacidad y del aumento jubilatorio, pero la moratoria quedó fuera por falta de apoyo. Ninguna de las dos cámaras llegó a votarla: el veto quedó firme por abandono.Objetivo
Reinstaurar la moratoria previsional para quienes llegan a la edad jubilatoria sin los 30 años de aportes, y bajar a 60 años la edad de acceso de las mujeres a la PUAM.Problema que resuelve
Sin moratoria vigente, una parte significativa de las personas que llegan a la edad jubilatoria —sobre todo mujeres, por las trayectorias laborales informales e interrumpidas— no reúne los 30 años de aportes y queda sin acceso a una jubilación, con la PUAM (equivalente al 80% del haber mínimo) como única alternativa y recién a los 65 años.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes
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