Resumen ejecutivo
La Tratado de traslado de condenados con Italia aprueba el Tratado entre Argentina e Italia sobre Traslado de Personas Condenadas o Sujetas a Medidas de Seguridad, firmado en Buenos Aires el 8 de mayo de 2017. El instrumento permite que una persona condenada en uno de los dos países cumpla el resto de la pena en el otro, del que es nacional. Su fundamento no es punitivo sino resocializador: el cumplimiento de la condena cerca del núcleo familiar, en el propio idioma y en el entorno cultural de origen mejora las chances de reinserción. Los traslados de este tipo exigen, como regla, el consentimiento de la persona condenada y el acuerdo de ambos Estados, que la esté firme y que quede un mínimo de pena por cumplir. El Estado de cumplimiento continúa la ejecución de la condena impuesta por el otro, sin volver a juzgar el hecho. Rige para Argentina desde el canje de los instrumentos de ratificación.Objetivo
Permitir que las personas condenadas en Italia o en Argentina cumplan su pena en el país del que son nacionales, favoreciendo su reinserción social.Problema que resuelve
Cumplir una condena en un país extranjero, lejos de la familia y en otro idioma, agrava la pena de hecho y dificulta la reinserción social del condenado, que es la finalidad que la Constitución y la Ley de Ejecución de la Pena asignan a la ejecución de la pena privativa de la libertad.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes