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Tratado 27.814

VigenteTratadoNacional

Protocolo de Enmienda del Convenio con Francia para evitar la doble imposición

Sanción:24 de junio de 2026Promulgación:16 de julio de 2026BO:17 de julio de 2026Ver fuente oficial
2artículos
Doble imposiciónTratados internacionalesImpuesto a las gananciasEvasión fiscal
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso aprueba, con dos artículos, el Protocolo de Enmienda al convenio tributario con Francia. El protocolo consta de diez artículos y se incorpora como anexo en idioma español. Actualiza el convenio bilateral vigente para evitar que una misma renta o patrimonio tribute en ambos países y para reforzar los mecanismos contra la evasión fiscal.

Objetivo

Actualizar el convenio bilateral con Francia para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio y prevenir la evasión fiscal.

Problema que resuelve

Sin convenio actualizado, una misma renta o patrimonio puede quedar gravada en los dos países y se dificulta el intercambio de información fiscal.

A quiénes alcanza

Personas humanas con rentas en Argentina y FranciaEmpresas con operaciones en ambos paísesARCAMinisterio de Economía
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado a aplicar las reglas de atribución de potestad tributaria acordadas con Francia y a intercambiar información fiscal en los términos del protocolo.

Derechos que reconoce

  • Las personas y empresas alcanzadas pueden invocar el convenio para no tributar dos veces por la misma renta o patrimonio.

Casos de uso

  • Determinar en qué país tributa una renta obtenida en Francia por un residente argentino.
  • Conocer las reglas actualizadas de intercambio de información fiscal entre ambos países.

Preguntas frecuentes

El Protocolo de Enmienda al Convenio con Francia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, suscripto el 6 de diciembre de 2019.