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Tratado 27.816

VigenteTratadoNacional

Convenio de Seguridad Social con la Confederación Suiza

Sanción:24 de junio de 2026Promulgación:16 de julio de 2026BO:17 de julio de 2026Ver fuente oficial
2artículos
Seguridad socialTratados internacionalesJubilacionesTotalización de aportes
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso aprueba, con dos artículos, el Convenio de seguridad social con Suiza (treinta y seis artículos) y el acuerdo administrativo para su aplicación (catorce artículos), incorporados como anexos en español y francés. El convenio permite sumar los períodos de aportes realizados en ambos países para acceder a las prestaciones y evita la doble cotización de quienes son trasladados temporalmente a trabajar al otro Estado.

Objetivo

Coordinar los sistemas de seguridad social de la Argentina y Suiza para proteger los derechos previsionales de quienes trabajaron en ambos países.

Problema que resuelve

Sin convenio, los aportes hechos en cada país quedan aislados y pueden no alcanzar, por separado, para acceder a una jubilación.

A quiénes alcanza

Trabajadores argentinos en SuizaTrabajadores suizos en ArgentinaANSESPersonas con aportes en ambos países
Análisis jurídico

Obligaciones

  • ANSES queda obligada a computar los períodos de seguro cumplidos en Suiza cuando se invoque el convenio para acceder a una prestación.

Derechos que reconoce

  • Quienes aportaron en ambos países pueden totalizar esos períodos para acceder a las prestaciones.
  • Los trabajadores trasladados temporalmente pueden seguir aportando solo en su país de origen y evitar la doble cotización.

Casos de uso

  • Sumar los años aportados en Suiza a los aportados en la Argentina para jubilarse.
  • Evitar aportar dos veces durante un traslado temporal de trabajo.

Preguntas frecuentes

El Convenio de Seguridad Social entre la Argentina y la Confederación Suiza (36 artículos) y su Acuerdo Administrativo de aplicación (14 artículos), suscriptos el 27 de mayo de 2024.