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Decreto 1281/2016

VigenteDecretoNacional

Veto total al proyecto de ley de protección integral de las personas con trombofilia (Ley 27.335)

BO:26 de diciembre de 2016Ver fuente oficial
3artículos
Veto presidencialTrombofiliaSalud públicaPrograma Médico Obligatorio
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El 23 de noviembre de 2016 el Congreso sancionó el proyecto de Ley vetada de trombofilia, que declaraba de interés nacional la protección integral psicofísica de las personas portadoras de trombofilia en todas sus formas (hereditaria o adquirida, permanente o transitoria), procuraba la detección precoz en mujeres en edad pre fértil y fértil, y creaba en el ámbito del Ministerio de Salud un Programa de Estudio e Investigación, Docencia, Formación, Diagnóstico y Tratamiento de la Trombofilia. El Poder Ejecutivo lo observó en su totalidad. Los fundamentos, coincidentes con el Ministerio de Salud: declarar el interés nacional y crear el programa se justificaría ante una patología desconocida o mal diagnosticada, y no era el caso, porque ya existía amplio conocimiento médico y guías y consensos científicos difundidos; la cobertura del diagnóstico y tratamiento, en los casos justificados por el médico tratante, ya estaba asegurada por el Programa Médico Obligatorio (PMO); y el estudio temprano en mujeres asintomáticas no solo no está recomendado sino que está expresamente desaconsejado. El decreto cita el consenso científico en contra de la Sociedad Argentina de Hematología (SAH) y el Grupo Cooperativo Argentino de Hemostasia y Trombosis (CAHT). El Congreso no insistió: el proyecto nunca fue ley.

Objetivo

Impedir que entrara en vigencia el proyecto de Ley vetada de trombofilia, que creaba un programa nacional de trombofilia y promovía su detección precoz.

Problema que resuelve

El Congreso había sancionado una ley que, según el Ministerio de Salud y las sociedades científicas, trataba como enfermedad a un factor de riesgo y promovía estudios desaconsejados en personas asintomáticas.

A quiénes alcanza

Personas con trombofiliaMujeres en edad fértilMinisterio de SaludCongreso de la Nación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Devolver el proyecto observado al Congreso de la Nación (artículo 2°).

Derechos que reconoce

  • El Congreso conserva la facultad de insistir con dos tercios de ambas cámaras y convertir el proyecto en ley pese al veto.

Casos de uso

  • Entender por qué no existe un Programa Nacional de Trombofilia pese a que el Congreso lo votó.
  • Consultar los fundamentos científicos que el Ministerio de Salud opuso al proyecto.

Preguntas frecuentes

El proyecto de ley registrado bajo el N° 27.335, sancionado el 23 de noviembre de 2016, que declaraba de interés nacional la protección integral de las personas con trombofilia y creaba un programa en el Ministerio de Salud.