Resumen ejecutivo
Decreto-ley de 1944 (con fuerza de ley) que instituyó las zonas de seguridad de fronteras: fajas de territorio a lo largo de los límites terrestres y marítimos donde el Estado ejerce un control especial por razones de defensa nacional. Declaró de conveniencia nacional que los bienes de esas zonas pertenezcan a argentinos nativos y creó la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, que autoriza las transferencias de inmuebles y las concesiones a extranjeros. Sigue vigente y es la base del control estatal sobre la propiedad en zonas de frontera, hoy vinculado también al régimen de protección del sobre tierras rurales (Tierras Rurales).Objetivo
Proteger la seguridad y la defensa nacional en las fronteras estableciendo zonas de seguridad y un control estatal sobre la titularidad y transferencia de los bienes ubicados en ellas.Problema que resuelve
Las fronteras requieren un resguardo especial: la norma evita que bienes estratégicos en zona de frontera queden en manos que puedan comprometer la defensa nacional, sujetando su transferencia a autorización estatal.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes