Ley 27.801

Artículo 3Aplicación supletoria

Texto oficial

Se aplicarán supletoriamente las disposiciones del Código Penal en cuanto no se opongan a la presente ley.

Qué significa en la práctica

Todo lo que esta ley no regule expresamente se cubre con el Código Penal, siempre que no contradiga el espíritu del régimen juvenil.

Efectos prácticos

  • El Código Penal funciona como fuente supletoria para cuestiones no reguladas aquí
  • Si algo del Código Penal contradice la lógica del régimen juvenil, prevalece esta ley
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