Las condiciones de cumplimiento determinadas en virtud de los institutos regulados en los artículos 42 y 43 de la presente ley podrán incluir las medidas establecidas en la Sección 1ª del Capítulo IV, si fueran necesarias para lograr que el adolescente asuma compromisos que coadyuven a su educación, formación intelectual, emocional, adaptación social y trabajo. En caso de aplicarse alguna de estas medidas al suspenderse el juicio a prueba, su plazo de duración no podrá exceder de tres (3) años.
Qué significa en la práctica
Las condiciones de la y la pueden incluir las medidas del Art. 8 (asesoramiento, educación, capacitación laboral, etc.). Cuando se aplican con la , duran máximo 3 años.
Efectos prácticos
•Se pueden imponer medidas del art. 8 como condiciones de la mediación o la probation
•El objetivo es lograr educación, formación y adaptación social del adolescente
•Duración máxima de 3 años cuando acompañan a la probation