Ley Carta ONU

Artículo 108Proceso de reforma de la Carta

Texto oficial

Las reformas a la presente Carta entrarán en vigor para todos los Miembros de las Naciones Unidas cuando hayan sido adoptadas por el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea General y ratificadas, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales, por las dos terceras partes de los Miembros de las Naciones Unidas, incluyendo a todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad.

Qué significa en la práctica

Para reformar la Carta se necesita: 2/3 de la Asamblea General más la ratificación de 2/3 de los miembros, incluyendo los cinco permanentes del Consejo de Seguridad. Cada permanente tiene veto sobre las reformas.

Ejemplo práctico

La reforma de 1963 amplió el Consejo de Seguridad de 11 a 15 miembros; requirió ratificación de todos los permanentes, incluida la URSS.

Efectos prácticos

  • Los cinco miembros permanentes tienen veto de facto sobre cualquier reforma a la Carta.
  • La Carta solo ha sido reformada tres veces: en 1963, 1965 y 1973, ampliando el ECOSOC y el Consejo de Seguridad.
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