Ley Carta ONU

Artículo 110Ratificación y entrada en vigor de la Carta

Texto oficial

La presente Carta será ratificada por los Estados signatarios de acuerdo con sus respectivos procedimientos constitucionales. Las ratificaciones serán entregadas para su depósito al Gobierno de los Estados Unidos de América, el cual notificará cada depósito a todos los Estados signatarios así como al Secretario General de la Organización cuando haya sido designado. La presente Carta entrará en vigor tan pronto como hayan sido depositadas las ratificaciones de la República de China, Francia, la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América, y por la mayoría de los demás Estados signatarios. Acto seguido se dejará constancia de las ratificaciones depositadas en un protocolo que extenderá el Gobierno de los Estados Unidos de América, y del cual transmitirá copias a todos los Estados signatarios. Los Estados signatarios de esta Carta que la ratifiquen después que haya entrado en vigor adquirirán la calidad de miembros originarios de las Naciones Unidas en la fecha del depósito de sus respectivas ratificaciones.

Qué significa en la práctica

La Carta debía ratificarse por los cinco permanentes y la mayoría de los demás signatarios para entrar en vigor. El depositario es EE.UU. Los que ratificaron después también obtuvieron la condición de miembros originarios.

Ejemplo práctico

La ONU entró en vigor el 24 de octubre de 1945 cuando los cinco permanentes y la mayoría de los signatarios depositaron sus ratificaciones.

Efectos prácticos

  • La Carta entró en vigor el 24 de octubre de 1945, fecha que hoy se celebra como el Día de las Naciones Unidas.
  • Argentina fue uno de los 51 miembros originarios al ratificar el 24 de septiembre de 1945.
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