Ley Carta ONU

Artículo 58Coordinación de organismos especializados

Texto oficial

La Organización hará recomendaciones con el objeto de coordinar las normas de acción y las actividades de los organismos especializados.

Qué significa en la práctica

La ONU coordina y hace recomendaciones a los organismos especializados para evitar superposición de funciones y asegurar coherencia en sus políticas.
← Ver en Carta de la ONU completaTratados