1. El Consejo Económico y Social desempeñará las funciones que caigan dentro de su en relación con el cumplimiento de las recomendaciones de la Asamblea General.
2. El Consejo Económico y Social podrá prestar, con aprobación de la Asamblea General, los servicios que le soliciten los Miembros de las Naciones Unidas y los organismos especializados.
3. El Consejo Económico y Social desempeñará las demás funciones prescritas en otras partes de esta Carta o que le asignare la Asamblea General.
Qué significa en la práctica
El ECOSOC también ejecuta las recomendaciones de la Asamblea General, presta servicios a los Estados miembros y organismos, y cumple cualquier otra función que le asigne la Asamblea.