Ley Carta ONU

Artículo 71Consultas con organizaciones no gubernamentales

Texto oficial

El Consejo Económico y Social podrá hacer arreglos adecuados para celebrar consultas con organizaciones no gubernamentales que se ocupen en asuntos de la del Consejo. Podrán hacerse dichos arreglos con organizaciones internacionales y, si a ello hubiere lugar, con organizaciones nacionales, previa consulta con el respectivo Miembro de las Naciones Unidas.

Qué significa en la práctica

El ECOSOC puede dar estatus consultivo a organizaciones no gubernamentales (ONG) para que participen en sus debates. Es la base del sistema de acreditación de ONG ante la ONU.

Ejemplo práctico

Amnistía Internacional, ACNUR y Cruz Roja tienen estatus consultivo ante el ECOSOC bajo este artículo

Efectos prácticos

  • Miles de ONG tienen estatus consultivo ante el ECOSOC (categorías: general, especial y lista)
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