Ley Carta ONU

Artículo 74Principio de buena vecindad para territorios no autónomos

Texto oficial

Los Miembros de las Naciones Unidas convienen igualmente en que su política con respecto a los territorios a que se refiere este Capítulo, no menos que con respecto a sus territorios metropolitanos, deberá fundarse en el principio general de la buena vecindad, teniendo debidamente en cuenta los intereses y el bienestar del resto del mundo en cuestiones de carácter social, económico y comercial.

Qué significa en la práctica

La política de las potencias coloniales hacia sus territorios dependientes debe basarse en la buena vecindad y tener en cuenta el bienestar global.
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