Ley Carta ONU

Artículo 84Deber de paz de la autoridad administradora

Texto oficial

La autoridad administradora tendrá el deber de velar por que el territorio fideicometido contribuya al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Con tal fin, la autoridad administradora podrá hacer uso de las fuerzas voluntarias, de las facilidades y de la ayuda del citado territorio, a efecto de cumplir con las obligaciones por ella contraídas a este respecto ante el Consejo de Seguridad, como también para la defensa local y el mantenimiento de la ley y del orden dentro del territorio fideicometido.

Qué significa en la práctica

El Estado que administra un territorio en debe garantizar que ese territorio apoye la paz internacional, y puede usar sus recursos (incluso fuerzas voluntarias locales) para cumplir ese deber y mantener el orden interno.

Ejemplo práctico

EE.UU. pudo reclutar isleños de las Islas del Pacífico para fuerzas de defensa local durante la Guerra Fría.

Efectos prácticos

  • Habilita a la autoridad administradora a reclutar fuerzas del propio territorio para la defensa.
  • Crea una obligación de contribuir a la seguridad colectiva de la ONU.
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