Artículo 86Composición del Consejo de Administración Fiduciaria
Texto oficial
El Consejo de Administración Fiduciaria estará integrado por los siguientes Miembros de las Naciones Unidas:
a) los Miembros que administren territorios fideicometidos;
b) los Miembros mencionados por su nombre en el Artículo 23 que no estén administrando territorios fideicometidos; y
c) tantos otros Miembros elegidos por periodos de tres años por la Asamblea General cuantos sean necesarios para asegurar que el número total de miembros del Consejo de Administración Fiduciaria se divida por igual entre los Miembros de las Naciones Unidas administradores de tales territorios y los no administradores.
Cada miembro del Consejo de Administración Fiduciaria designará a una persona especialmente calificada para que lo represente en el Consejo.
Qué significa en la práctica
El Consejo de Administración Fiduciaria se compone de: los Estados que administran territorios, los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (Art. 23), y los Estados elegidos por la Asamblea General para equilibrar el número entre administradores y no administradores.
Ejemplo práctico
Cuando Australia administraba Papúa Nueva Guinea, era miembro automático del Consejo de Administración Fiduciaria.
Efectos prácticos
•Garantiza que los no administradores tengan igual representación que los administradores.
•Cada miembro envía un representante calificado (no necesariamente un diplomático).