Ley 22.415

Artículo 24Inspección de mercaderías y personas (derogado)

Texto oficial

El servicio aduanero estaba facultado para inspeccionar las mercaderías objeto de importación y exportación, así como a las personas que transitaran por zonas aduaneras, a los efectos de verificar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras.

Qué significa en la práctica

Habilitaba al servicio aduanero a revisar mercaderías y personas en zonas aduaneras. Esta potestad subsiste hoy en los Art. 121 a 130 del CA (zona primaria) y en las facultades de la DGA.
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