1. Dentro de los DIEZ (10) días de notificada la resolución confirmatoria el interesado podrá interponer recurso de al solo efecto devolutivo ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso Administrativo de la Capital Federal, fundado en razones de ilegitimidad o arbitrariedad.
2. El tribunal dispondrá de SESENTA (60) días para dictar .
Qué significa en la práctica
Idéntico al Art. 53 para despachantes: agotada la vía administrativa, recurso judicial ante la Cámara Federal (solo efecto devolutivo: la sanción se ejecuta mientras se apela). Solo por ilegitimidad o arbitrariedad.
Efectos prácticos
•Solo efecto devolutivo: sanción se ejecuta aunque se apele