Artículo 846Los intereses de restitución no se suspenden por recursos
Texto oficial
El curso de los intereses no se suspende por la impugnación del acto que dispuso la intimación o por la interposición de recurso alguno contra el mismo.
Qué significa en la práctica
Aunque el exportador impugne la intimación de restitución, los intereses moratorios del Art. 845 siguen corriendo durante el proceso. Análogo al Art. 795 para tributos.
Efectos prácticos
•Recurrir la intimación de restitución no congela los intereses que se van acumulando