Ley 22.415

Artículo 855Supletoriedad del Código Civil en prescripción de recupero de estímulos indebidos

Texto oficial

En todo aquello que no estuviere previsto en este código, la de las acciones a que se refiere este Capítulo se rige por las disposiciones del Código Civil.

Qué significa en la práctica

Para todo lo no previsto en los Art. 851-854, se aplica supletoriamente el Código Civil y Comercial sobre .
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