Ley 26.994

Artículo 1028Relaciones entre las partes

Texto oficial

Relaciones entre las partes. El promitente puede oponer al tercero las defensas derivadas del básico y las fundadas en otras relaciones con él. El estipulante puede: a) exigir al promitente el cumplimiento de la prestación, sea a favor del tercer beneficiario aceptante, sea a su favor si el tercero no la aceptó o el estipulante la revocó; b) resolver el en caso de incumplimiento, sin perjuicio de los derechos del tercero beneficiario.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de relaciones entre las partes. El promitente puede oponer al tercero las defensas derivadas del básico y las fundadas en otras relaciones con él.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige relaciones entre las partes. El promitente puede oponer al tercero las defensas derivadas del contrato básico y las fundadas en otras relaciones con él.
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