Ley 26.994

Artículo 1097Trato digno

Texto oficial

Trato digno. Los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno a los consumidores y usuarios. La dignidad de la persona debe ser respetada conforme a los criterios generales que surgen de los tratados de derechos humanos. Los proveedores deben abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de trato digno. Los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno a los consumidores y usuarios.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige trato digno. Los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno a los consumidores y usuarios.
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