Ley 26.994

Artículo 112Discernimiento judicial

Texto oficial

Discernimiento judicial. . La tutela es siempre discernida judicialmente. Para el discernimiento de la tutela es competente el juez del lugar donde el niño, niña o adolescente tiene su centro de vida.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de discernimiento judicial. .

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige discernimiento judicial. Competencia.
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