Ley 26.994

Artículo 1147Plazo para la entrega de la cosa

Texto oficial

Plazo para la entrega de la cosa. La entrega debe hacerse dentro de las veinticuatro horas de celebrado el , excepto que de la convención o los usos resulte otro plazo.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de plazo para la entrega de la cosa. La entrega debe hacerse dentro de las veinticuatro horas de celebrado el , excepto que de la convención o los usos resulte otro plazo.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige plazo para la entrega de la cosa. La entrega debe hacerse dentro de las veinticuatro horas de celebrado el contrato, excepto que de la convención o los usos resulte otro plazo.
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