Artículo 1196Fianza, garantía y periodicidad del pago
Texto oficial
Fianza, garantía y periodicidad del pago. Las partes pueden determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la . Las partes pactaran libremente la periodicidad del pago, que no podrá ser inferior a mensual. (Artículo sustituido por art. 255 del Decreto N° 70/2023 B.O. 21/12/2023) SECCION 3ª Tiempo de la
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de fianza, garantía y periodicidad del pago. Las partes pueden determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la .
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige fianza, garantía y periodicidad del pago. Las partes pueden determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la locación.